La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación SCJN ha ordenado al Congreso del Estado de Yucatán despenalizar el aborto, luego de que la asociación civil Servicios Humanitarios en Salud Sexual y Reproductiva impugnara los artículos 389, 390, 392 y 393 del Código Penal de Yucatán por considerarlos una vulneración al derecho humano a decidir.
El proyecto, presentado por la ministra Margarita Ríos Farjat, propuso que la inaplicación de los artículos solo aplicara para la asociación civil, pero tres ministros se pronunciaron a favor de conceder el amparo con efectos extensos, lo que significa que el Congreso de Yucatán deberá derogar los artículos en cuestión.
La asociación civil argumentó que la cláusula constitucional que protege la vida desde la fecundación y el sistema normativo que penaliza el aborto en Yucatán afectan su labor al brindar servicios de interrupción de embarazo, lo que les impide cumplir con su objetivo social y crea un efecto disuasivo en quienes desean interrumpir su embarazo de forma voluntaria.
A pesar de que el juzgador de primera instancia consideró que la asociación no demostró que practicara interrupciones del embarazo, la Suprema Corte de Justicia de la Nación revocó la sentencia y concedió el amparo, lo que beneficiará a la población de Yucatán.
Este fallo de la SCJN es un paso importante en la defensa de los derechos humanos y la despenalización del aborto en México. Sin embargo, aún queda mucho por hacer para garantizar el acceso al aborto seguro y legal en todo el país.