
El Consejo de Estado rechazó la solicitud de tutela presentada por Mikhail Krasnov, alcalde de Tunja, contra la Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia UPTC y el Ministerio de Educación Nacional. La Sección Segunda del alto tribunal declaró improcedente la acción después de considerar que Krasnov no agotó previamente los medios de defensa judicial disponibles, y que la tutela no puede utilizarse como una vía alternativa para reabrir debates ya definidos o suplantar los canales judiciales ordinarios.
La disputa gira en torno al contrato 2302 del 2022, suscrito entre Krasnov y la UPTC, que el alcalde impugna al considerar que encubre una relación laboral, argumentando que su calificación como contrato de prestación de servicios le ha generado una inhabilidad que desembocó en la nulidad de su elección como alcalde. No obstante, la UPTC afirma que el contrato y los anteriores se llevaron a cabo bajo la modalidad de prestación de servicios, sin subordinación ni estabilidad.
El Consejo de Estado indicó que esas controversias deben resolverse en la jurisdicción contencioso-administrativa y no en la constitucional. Asimismo, el tribunal denegó la suspensión de términos en el proceso de nulidad electoral solicitada por Krasnov, ya que el juez constitucional no puede intervenir en procedimientos judiciales en curso en sede contenciosa.
La decisión también rechazó las solicitudes de separación del Ministerio de Educación Nacional, el Consejo Nacional Electoral y la Registraduría Nacional del Estado Civil, los cuales habían sido notificados en el trámite de tutela. El fallo final señala que, si no se apela la decisión, el expediente será remitido a la Corte Constitucional para su consideración.
En resumen, el Consejo de Estado negó la tutela presentada por el alcalde de Tunja, Mikhail Krasnov, contra la UPTC y el Ministerio de Educación Nacional, aduciendo que Krasnov no utilizó previamente los recursos legales disponibles y que la tutela no puede reemplazar los procesos judiciales ordinarios. La disputa sobre el contrato entre Krasnov y la UPTC se dirimirá en la jurisdicción contencioso-administrativa y no en la constitucional.,