El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria TSJC ha ratificado una sanción de 315.000 euros impuesta por el Ayuntamiento de Santander a un establecimiento de la ciudad, después de que se detectara a menores consumiendo alcohol en seis ocasiones diferentes. El local llegó a albergar a 140 menores en una sola visita.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJC desestimó el recurso del encargado del local contra la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1, que consideró que la sanción era ajustada, dada la gravedad de los hechos. La Sala destacó que la sanción era objetivamente moderada, ya que solo se impuso una multa por dos infracciones.
Según la sentencia, agentes de la Policía Local acudieron seis veces al local en un mes, donde identificaron a menores consumiendo alcohol en grupos que variaban de 4 a 140 individuos. El local no controlaba la entrada de menores y servía alcohol sin restricciones. Los agentes identificaron a los menores, obtuvieron sus declaraciones y advirtieron al propietario que sería denunciado.
El Juzgado determinó que la sanción estaba justificada por el número de denuncias, el número de menores involucrados, la gravedad de los hechos y la reiteración. El responsable del local continuó con las conductas reiteradas, incluso después de notificarse el inicio del expediente.
La Sala destacó la corrección de la valoración del Ayuntamiento, teniendo en cuenta la reiteración de la conducta y la conducta descuidada del local, que no utilizó medios para evitar que los menores accedieran al local. El encargado consentía la venta de alcohol a menores, lo que no era un incidente aislado, ya que hasta 140 menores compraron bebidas alcohólicas en una ocasión.
Por lo tanto, la Sala consideró que la multa y la suspensión de actividad eran proporcionadas y adecuadas, dadas las circunstancias y la cuantía impuesta.,