La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación SCJN ha ratificado la sentencia de once años y ocho meses de prisión contra un hombre condenado por intentar asesinar a su expareja. El individuo había argumentado que el delito de feminicidio era inconstitucional, pero la SCJN lo desestimó por unanimidad.
El ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena propuso rechazar el recurso de amparo interpuesto por el condenado, quien había argumentado que el artículo 148 Bis del Código Penal de la Ciudad de México infringía los artículos 1 y 4 de la Constitución Federal. Este artículo castiga con mayor severidad a aquellos que privan o intentan privar de la vida a una mujer por razones de género que a los que lo hacen contra un hombre.
Ortiz Mena argumentó que la Primera Sala ya había establecido que la distinción por razones de género en el delito de feminicidio es constitucional y no discriminatoria. Dicha distinción persigue garantizar que las mujeres gocen de una vida libre de violencia, y reconoce que este tipo de conductas afectan no solo la vida e integridad física y psicológica de las mujeres, sino que también están basadas en la discriminación y subordinación implícita contra ellas.
Según el proyecto, el hombre acudió al domicilio de la mujer en la alcaldía Tlalpan de la Ciudad de México, donde forcejeó con ella y su hermano, y finalmente fue detenido por un elemento policial. El condenado impugnó la sentencia condenatoria de 2021, pero fue rechazado por la Octava Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México en mayo de 2022.
Es importante destacar que la SCJN ha reafirmado su compromiso con la lucha contra la violencia de género y la defensa de los derechos de las mujeres. La condena al hombre que intentó asesinar a su expareja envía un claro mensaje de que este tipo de comportamientos no serán tolerados y serán castigados con todo el peso de la ley.,