El Decreto 210 del 2024, también conocido como el Decreto de Zonas Seguras, ha establecido los siguientes horarios de atención al público para los establecimientos de comercio que no estén relacionados con el consumo de bebidas alcohólicas o entretenimiento:
* Los almacenes, autoservicios, supermercados, tiendas y cigarrerías abrirán sus puertas de lunes a domingo, desde las 6:00 a.m. hasta las 10:00 p.m.
* Los restaurantes, pizzerías y comida rápida tendrán un horario de lunes a jueves y domingos, de 8:00 a.m. a 12:00 a.m., y los viernes y sábados, de 8:00 a.m. a 2:00 a.m.
* Los juegos electrónicos y videojuegos funcionarán de lunes a domingo, de 2:00 p.m. a 9:00 p.m.
* Las canchas sintéticas estarán disponibles de lunes a domingo y festivos, de 7:00 p.m. a 11:00 p.m.
* Las cafeterías, heladerías y cafés internet operarán de lunes a domingo, de 8:00 a.m. a 11:00 p.m.
* Los restaurantes de servicio continuo solo podrán vender bebidas alcohólicas hasta las 10:00 p.m.
* Otras actividades comerciales como boutiques, tiendas de ropa, veterinarias, almacenes de insumos para el agro, papelerías, estudios de fotografía, salones de belleza y similares, tendrán un horario de lunes a domingo y festivos, de 8:00 a.m. a 11:00 p.m.
Es importante mencionar que en estos establecimientos queda prohibida la venta y consumo de bebidas alcohólicas. Las tiendas de proximidad y conveniencia tienen autorizado la venta de licores y bebidas embriagantes hasta las 10:00 p.m., pero no podrán consumirse dentro del establecimiento o en el entorno de su espacio público.
Por otro lado, las actividades comerciales que funcionarán las 24 horas del día son: cafeterías dentro de la Terminal de Transportes, suministros de combustibles, montallantas, droguerías con expendio exclusivo y droguería de turno, hoteles, casas de huéspedes, amoblados y lugares cuya actividad comercial o turística esté dirigida al alojamiento de personas, parqueaderos públicos o privados, gimnasios, y tiendas de proximidad y conveniencia.
En resumen, el Decreto 210 del 2024 ha definido los horarios de atención al público para diferentes tipos de establecimientos de comercio, con el objetivo de garantizar la seguridad y el orden en las zonas comerciales.