
La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación SCJN estableció un precedente al reconocer a la familia de Sandra Camacho Aguilar como víctimas indirectas de feminicidio, cometido por Javier Méndez Ovalle, también conocido como El asesino de Tlatelolco. Además, la Corte permitió a las fiscalías del país detener la revictimización de las víctimas de feminicidio por parte de los medios de comunicación.
La SCJN emitió la jurisprudencia en un proyecto presentado por el ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, y contó con el apoyo de los ministros Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, Jorge Mario Pardo Rebolledo, Loretta Ortiz Ahfl, y Margarita Ríos Farjat. El proyecto también impide que los Poderes Judiciales incluyan consideraciones que revictimicen a las víctimas o sus familiares.
Este fallo se produce 12 años después del asesinato de Sandra Camacho Aguilar, cuyo caso generó indignación nacional debido a la forma en que fue asesinada y a la conmovedora historia del asesino como un estudiante modelo. Los padres de Sandra, Nieves Aguilar Barragán y Juan Camacho, celebraron la noticia junto con su abogado, Rodolfo Domínguez Márquez, y funcionarios de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México.
El proyecto aprobado reconoce que la cobertura mediática del caso especuló sobre la vida personal y sexual de la víctima, lo que tuvo consecuencias en su derecho de acceso a la justicia y reforzó estereotipos de género, causando revictimización a los familiares.
La SCJN ordenó una nueva valoración probatoria para determinar si el feminicida agredió sexualmente a la menor y para emitir una sentencia mayor a los 50 años de prisión, teniendo en cuenta la relación de confianza entre el agresor y la víctima. Además, las autoridades de la Ciudad de México y la Procuraduría Federal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes podrán solicitar la suspensión o bloqueo de cuentas de usuarios en medios electrónicos que difundan información que perjudique al interés superior de la niñez.
El feminicidio de Sandra Camacho Aguilar no fue el único caso que impulsó este fallo. El caso de Mariana Lima Buendía, víctima de feminicidio en 2015, obligó a la Corte a emitir criterios que exijan la investigación y el juicio de los casos de muertes violentas de mujeres desde una perspectiva de género y sin discriminación.
Este fallo marca un hito en la lucha contra la violencia hacia las mujeres en México y establece un precedente que puede ser utilizado por cualquier fiscalía del país para proteger a las víctimas y sus familias. La SCJN debe ser la casa del pueblo y trabajar para salvaguardar los derechos de todos los ciudadanos.,